Introducción: Antes de Rojas Pinilla
El año de 1949 erigió el escenario de la censura de prensa por medio de la adecuación de oficinas y funcionarios dedicados a esta tarea. Sin embargo, para 1950, el gobierno de Ospina consideró que las acciones punitivas adoptadas por el poder para controlar la turbación del orden eran insuficientes "por su lenidad" (AGN, Fondo Presidencia, Decretos Resoluciones, tomo 459, f. 464r). Fue así como se aumentaron en una tercera parte las penas y se estableció que las personas que hicieran uso de las estaciones radiodifusoras que no funcionaban bajo el permiso del Ministerio de Correos y telégrafos serían confinadas a prisión por uno o dos años.
En. La década del 50 comenzaría con un especial interés por elaborar proyectos de ley que reforzaran la censura. Para este mismo año, el cambio de gobierno ocupó la agenda nacional y el conservador Laureano Gómez se convirtió en el sucesor de Ospina Pérez.
Artículo primero. DECRETO 3521 DE 1949 En todo el territorio nacional se establecerá la censura de la prensa y de la radiodifusión. Los Gobernadores, Intendentes y Comisarios tendrán as su cargo el cumplimiento de esta medida, adecuándola en cada caso a las modalidades de la prensa y la radiodifusión local,